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Orden Derogada

Artículo 3. Representación de la Deuda y admisión a cotización.

Artículo 3 de la Orden EIC/1300/2017, de 27 de diciembre, por la que se dispone la creación de Deuda del Estado durante el año 2018 y enero de 2019 y se autorizan las operaciones de gestión de tesorería del Estado. · BOE-A-2017-15723

Atención: Orden EIC/1300/2017 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La Deuda del Estado en valores denominada en euros que se ponga en circulación en virtud de lo previsto en el artículo 2, estará representada exclusivamente mediante anotaciones en cuenta, y se admitirá de oficio a negociación en el mercado regulado que se determine en la norma por la que se disponga la emisión.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-01-01.

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