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Orden Vigente

Artículo 3. Alta del Perfil de Contratante.

Artículo 3 de la Orden EHA/1220/2008, de 30 de abril, por la que se aprueban las instrucciones para operar en la Plataforma de Contratación del Estado. · BOE-A-2008-7708

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-05-02.

Texto consolidado

El alta del Perfil de Contratante deberá solicitarse por el titular de los órganos de contratación unipersonales, o por el Presidente en el caso de órganos de contratación de carácter colegiado, remitiendo a la Subdirección General de Coordinación de la Contratación Electrónica la correspondiente petición acompañada del formulario contenido en el anexo I debidamente cumplimentado.

A la solicitud se acompañará la documentación que acredite la competencia para contratar del órgano de contratación (norma legal o reglamentaria o disposición estatutaria, donde figure atribuida la facultad de celebrar contratos, normas de delegación o desconcentración de competencias ­—en el caso de que se trate de órganos administrativos o de entes, organismos o entidades de derecho público—, o poderes otorgados —cuando se trate de órganos societarios o de una fundación).

La modificación de los datos del anexo I podrá hacerse por medio de escrito dirigido a la Plataforma de Contratación por el titular de los órganos de contratación unipersonales, o por el Presidente en el caso de órganos de contratación de carácter colegiado, o a través del Portal, en la forma señalada en el apartado séptimo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-05-02.

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