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Orden Vigente

Artículo 3. Acreditación de las convalidaciones.

Artículo 3 de la Orden EFP/892/2023, de 26 de julio, por la que se establecen convalidaciones entre módulos del bloque común de las enseñanzas deportivas y determinados títulos oficiales relacionados con la actividad física y el deporte y se regula el procedimiento para la resolución individualizada de convalidaciones. · BOE-A-2023-17498

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-08-18.

Texto consolidado

Las convalidaciones a las que se hace referencia en esta orden se registrarán en los documentos de evaluación de acuerdo a lo establecido en el artículo 44.3 del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial. Los módulos profesionales convalidados no podrán ser computados a los efectos de obtener la calificación final de cada ciclo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-08-18.

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