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Orden Vigente

Artículo 3. Punto de acceso.

Artículo 3 de la Orden ECD/197/2014, de 13 de febrero, por la que se establece la obligatoriedad de comunicación por medios electrónicos en determinados procedimientos de concesión de ayudas y subvenciones gestionadas por el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música y se establece un punto de acceso general en el Centro de Información al Ciudadano ubicado en la sede de la Secretaría de Estado de Cultura. · BOE-A-2014-1644

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-02-16.

Texto consolidado

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte garantizará al menos un punto de acceso general en el Centro de Información al Ciudadano del Departamento, ubicado en la sede de la Secretaría de Estado de Cultura, en la plaza del Rey, número 1, Madrid, a través del cual los usuarios puedan, de forma sencilla, acceder electrónicamente a la información y servicios de su competencia, presentar solicitudes y recursos o acceder a las notificaciones y comunicaciones que les remita la Administración Pública.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-02-16.

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