Artículo 3. La Jefatura de Servicios Técnicos y de Sistemas de Información y Telecomunicaciones.
Artículo 3 de la Orden DEF/1629/2015, de 30 de julio, por la que se desarrolla la organización básica del Ejército del Aire. · BOE-A-2015-8764
Atención: Orden DEF/1629/2015 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. La Jefatura de Servicios Técnicos y de Sistemas de Información y Telecomunicaciones se articula en:
a) La Dirección de Sistemas de Información y Telecomunicaciones.
b) La Dirección de Servicios Técnicos.
c) El Centro de Informática de Gestión.
d) La Dirección de Ciberdefensa.
La Dirección de Servicios Técnicos, el Centro de Informática de Gestión y la Dirección de Ciberdefensa tendrán el nivel orgánico que se determine, con arreglo a lo que se establezca en sus correspondientes relaciones de puestos militares.
2. La Dirección de Sistemas de Información y Telecomunicaciones es responsable del planeamiento, control y, en su caso ejecución, de lo relacionado con los sistemas corporativos y de mando y control de los sistemas de información y telecomunicaciones. Así mismo, asesora, efectúa el planeamiento, determina las necesidades y establece la doctrina de empleo de los Sistemas de Información y Telecomunicaciones (CIS) en el ámbito del Ejército del Aire.