Artículo 3. Limitaciones de uso en la reserva marina.
Artículo 3 de la Orden de 21 de diciembre de 1999 por la que se establece la reserva marina de Masía Blanca, frente al término municipal de El Vendrell (Tarragona). · BOE-A-2000-398
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-01-09.
Texto consolidado
1. En la zona de reserva indicada queda prohibido cualquier tipo de pesca marítima y extracción de fauna y flora.
2. Para fines de carácter científico, previa autorización expresa de la Secretaría General de Pesca Marítima, podrá permitirse el acceso a dicha zona y la toma de muestras de fauna y flora.