Artículo 3.
Artículo 3 de la Ley Foral 4/1989, de 12 de mayo, sobre capitalidad de los partidos judiciales de Navarra. · BOE-A-1989-23274
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-05-18.
Texto consolidado
Se establece en el municipio de Tudela la capitalidad del partido judicial cuyo ámbito territorial está integrado por el de los municipios de Ablitas, Arguedas, Barrillas, Buñuel, Cabanillas, Cadreita, Carcastillo, Cascante, Castejón, Cientruénigo, Corella, Cortes, Fitero, Fontellas, Fustiñana, Mélida, Monteagudo, Murchante, Ribaforada, Tudela, Tulebras, Valtierra y Villafranca.