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Ley Foral Vigente 2 redacciones

Artículo 3. Derecho a la exhumación de las personas asesinadas como consecuencia del golpe militar del 36.

Artículo 3 de la Ley Foral 33/2013, de 26 de noviembre, de reconocimiento y reparación moral de las ciudadanas y ciudadanos navarros asesinados y víctimas de la represión a raíz del golpe militar de 1936. · BOE-A-2013-13351

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-07-18.

Texto consolidado

Los familiares de las personas asesinadas como consecuencia del golpe militar del año 36 tendrán derecho a exhumar a sus familiares y darles una sepultura digna, teniendo el Gobierno de Navarra la obligación de dar el apoyo económico, técnico y humano necesario en todo el proceso de investigación y exhumación, corriendo los gastos de dicha actividad a cargo del Gobierno de Navarra.

Las víctimas de bebés robados tendrán los mismos derechos en el caso de que en el proceso de esclarecimiento y búsqueda sea necesaria la apertura de algún enterramiento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-07-18.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2017-9490.

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