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Ley Foral Anulada

Artículo 3.

Artículo 3 de la Ley Foral 30/2013, de 15 de octubre, por la que se prohíbe en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra el uso de la fractura hidráulica como técnica de investigación y extracción de gas no convencional. · BOE-A-2013-11695

Atención: Ley Foral 30/2013 está anulada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

A partir de la entrada en vigor de la presente Ley Foral, el empleo de la técnica referida en el artículo 1, al implicar un uso del suelo prohibido en el territorio de la Comunidad Foral de acuerdo con lo establecido en el artículo 1, tendrá la consideración de infracción urbanística con arreglo a lo previsto en la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-10-29.

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