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Ley Foral Vigente

Artículo 3.

Artículo 3 de la Ley Foral 13/1989, de 3 de julio, de Comercio no Sedentario. · BOE-A-1989-23886

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-07-11.

Texto consolidado

El comercio no sedentario podrá adoptar las siguientes modalidades:

a) Comercio en mercadillos con periodicidad determinada y en lugares preestablecidos.

b) Comercio esporádico con motivo de ferias y fiestas.

c) Comercio itinerante en vehículos-tienda.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1989-07-11.

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