Artículo 3. Ámbito de aplicación.
Artículo 3 de la Ley Foral 12/2007, de 4 de abril, de Archivos y Documentos. · BOE-A-2007-9611
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-04-19.
Texto consolidado
1. Se regirán por la presente Ley Foral los archivos y la documentación de las Administraciones Públicas de Navarra, empresas, entidades y organismos de ellas dependientes, así como los integrados en el Sistema Archivístico de Navarra.
2. En su caso, el contenido de esta Ley Foral será de aplicación a los archivos y la documentación integrantes del Patrimonio Documental de Navarra y que no formen parte del Sistema Archivístico de Navarra.