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Ley Foral Vigente

Artículo 3. Exclusiones del ámbito de aplicación de la Ley Foral.

Artículo 3 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones. · BOE-A-2005-20978

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-12-04.

Texto consolidado

Quedan excluidos del ámbito de aplicación de la presente Ley Foral:

a) Los premios oficiales que convoquen con publicidad las Administraciones Públicas de Navarra y aquellos otros que se otorguen sin la previa solicitud del beneficiario.

b) Las subvenciones previstas en la legislación electoral.

c) Las subvenciones destinadas a la financiación de los partidos políticos conforme a su normativa específica y a los grupos parlamentarios.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-12-04.

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