Artículo 3. Exclusiones del ámbito de aplicación de la Ley Foral.
Artículo 3 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones. · BOE-A-2005-20978
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-12-04.
Texto consolidado
Quedan excluidos del ámbito de aplicación de la presente Ley Foral:
a) Los premios oficiales que convoquen con publicidad las Administraciones Públicas de Navarra y aquellos otros que se otorguen sin la previa solicitud del beneficiario.
b) Las subvenciones previstas en la legislación electoral.
c) Las subvenciones destinadas a la financiación de los partidos políticos conforme a su normativa específica y a los grupos parlamentarios.