Artículo 3. Ámbito temporal.
Artículo 3 de la Ley 9/2023, de 28 de septiembre, de Memoria Histórica y Democrática de Euskadi. · BOE-A-2023-23216
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-10-18.
Texto consolidado
El ámbito temporal considerado en la aplicación de esta ley abarcará desde el 18 de julio de 1936 hasta el 29 de diciembre de 1978, ya que otra legislación actualmente vigente, sin agotar aún del todo el plazo, ofrece reconocimiento y reparación a las víctimas de vulneraciones de derechos humanos de motivación política más allá del 29 de diciembre de 1978.