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Ley Vigente

Artículo 3. Ámbito personal.

Artículo 3 de la Ley 9/2005, de 10 de octubre, de creación del Colegio Profesional de Educadoras y Educadores Sociales de Aragón. · BOE-A-2005-18451

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-10-27.

Texto consolidado

Podrán integrarse en el Colegio Profesional de Educadoras y Educadores Sociales de Aragón quienes posean el título académico oficial de Diplomado en Educación Social establecido en el Real Decreto 1420/1991, de 30 de agosto, así como aquellos que se encuentren en alguno de los supuestos contemplados en la disposición transitoria tercera, previa la correspondiente habilitación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-10-27.

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