Artículo 3. Ámbito de aplicación.
Artículo 3 de la Ley 8/2019, de 19 de febrero, de residuos y suelos contaminados de las Illes Balears. · BOE-A-2019-5577
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-02-22.
Texto consolidado
Se incluyen en el ámbito de aplicación de esta ley los residuos que se generen o se gestionen en el territorio de las Illes Balears, con las exclusiones y las excepciones establecidas por el artículo 2 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.