Artículo 3. Órganos competentes en materia de coordinación.
Artículo 3 de la Ley 6/2023, de 7 de julio, de Policías Locales de Andalucía. · BOE-A-2023-17647
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-08-08.
Texto consolidado
Son órganos competentes sobre las policías locales de Andalucía:
a) El Consejo de Gobierno.
b) La Consejería con competencias sobre las policías locales.
c) La Comisión de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía.