Artículo 3. Fines.
Artículo 3 de la Ley 5/2017, de 30 de noviembre, de Estímulo Económico de Zonas Prioritarias en Castilla-La Mancha. · BOE-A-2018-987
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-12-31.
Texto consolidado
Son fines de la presente ley los siguientes:
a) Corregir los desequilibrios económicos y sociales de Castilla-La Mancha en términos de renta y desempleo.
b) Fomentar nuevas estructuras en el aparato productivo y favorecer la integración entre los diferentes sectores económicos.
c) Impulsar el potencial de desarrollo endógeno de Castilla-La Mancha, otorgando apoyo especialmente a las personas trabajadoras autónomas y a las pequeñas y medianas empresas.
d) Propiciar un desarrollo adecuado a la estructura empresarial de forma compatible con la preservación del medio ambiente y con la política de fomento de la actividad económica, asentando pilares para la generación de actividad económica y empleo estable y de calidad.
e) Procurar el sostenimiento y mantenimiento del tejido empresarial ya existente.
f) Promover la mejora de la competitividad, internacionalización de las empresas y la captación de inversiones.
g) Promover la innovación empresarial.