Artículo 3. Nombres, símbolos y otras reglas relativas a la expresión de las unidades de medida.
Artículo 3 de la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología. · BOE-A-2014-13359
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-12-24.
Texto consolidado
Corresponde al Gobierno, mediante real decreto y de conformidad con las resoluciones de la Conferencia General de Pesas y Medidas y con la normativa de la Unión Europea, el establecimiento de las definiciones de las unidades básicas y derivadas, sus nombres y símbolos, de las escalas de tiempo y temperatura, de las reglas de escritura de los símbolos y nombres de las unidades y de las reglas de expresión de los valores de las magnitudes y para la formación de los múltiplos y submúltiplos de las unidades.