Artículo 3. Ámbito personal.
Artículo 3 de la Ley 3/2018, de 19 de abril, de creación del Colegio Profesional de Periodistas de Aragón. · BOE-A-2018-7153
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-05-01.
Texto consolidado
Podrán integrarse de forma voluntaria en el Colegio Profesional de Periodistas de Aragón los profesionales que lo soliciten y que se encuentren en posesión de alguno de los siguientes títulos universitarios:
a) Licenciatura en Periodismo.
b) Licenciatura en Comunicación Audiovisual.
c) Licenciatura en Ciencias de la Información.
c) Grado en Periodismo.
e) Grado en Comunicación Audiovisual.
f) Titulados en cualquier licenciatura o grado oficial universitario que estén en posesión de un título oficial de doctorado o máster universitario especializado en Periodismo o en Comunicación Audiovisual.
g) Títulos en Periodismo o Ciencias de la Imagen Visual y Auditiva obtenidos en el extranjero y debidamente homologados por la autoridad competente.
h) Títulos oficiales equivalentes a los anteriores y homologados por la autoridad competente.