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Ley Vigente

Artículo 3. Ámbito personal.

Artículo 3 de la Ley 3/2018, de 19 de abril, de creación del Colegio Profesional de Periodistas de Aragón. · BOE-A-2018-7153

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-05-01.

Texto consolidado

Podrán integrarse de forma voluntaria en el Colegio Profesional de Periodistas de Aragón los profesionales que lo soliciten y que se encuentren en posesión de alguno de los siguientes títulos universitarios:

a) Licenciatura en Periodismo.

b) Licenciatura en Comunicación Audiovisual.

c) Licenciatura en Ciencias de la Información.

c) Grado en Periodismo.

e) Grado en Comunicación Audiovisual.

f) Titulados en cualquier licenciatura o grado oficial universitario que estén en posesión de un título oficial de doctorado o máster universitario especializado en Periodismo o en Comunicación Audiovisual.

g) Títulos en Periodismo o Ciencias de la Imagen Visual y Auditiva obtenidos en el extranjero y debidamente homologados por la autoridad competente.

h) Títulos oficiales equivalentes a los anteriores y homologados por la autoridad competente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-05-01.

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