Artículo 3.
Artículo 3 de la Ley 3/1989, de 18 de mayo, de Capitalidad de los Partidos Judiciales de Castilla-La Mancha. · BOE-A-1989-13994
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-05-31.
Texto consolidado
Los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción establecidos en Castilla-La Mancha tienen su sede en la capital del partido.