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Ley Vigente

Artículo 3. Personalidad y potestades.

Artículo 3 de la Ley 26/2002, de 26 de noviembre, de Creación de la Comarca de Cinco Villas. · BOE-A-2002-24536

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-11-30.

Texto consolidado

1. La Comarca de Cinco Villas, como entidad local territorial, tiene personalidad jurídica propia y goza de capacidad y autonomía para el cumplimiento de sus fines.

2. En el ejercicio de sus competencias, corresponden a la Comarca de Cinco Villas todas las potestades y prerrogativas reconocidas a la comarca en la legislación aragonesa.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-11-30.

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