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Ley Vigente

Artículo 3. Punto de Contacto Nacional.

Artículo 3 de la Ley 25/2022, de 1 de diciembre, sobre precursores de explosivos. · BOE-A-2022-20184

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-02.

Texto consolidado

La persona titular de la Secretaría de Estado de Seguridad designará al Punto de Contacto Nacional para la comunicación de transacciones sospechosas, desapariciones y sustracciones de sustancias o mezclas susceptibles de utilizarse de forma indebida para la fabricación ilícita de explosivos, que estará disponible con carácter permanente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-01-02.

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