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Ley Vigente

Artículo 3. Declaración de patrimonio y de actividades de los cargos públicos de las Illes Balears.

Artículo 3 de la Ley 2/2024, de 11 de abril, de creación del Registro de Transparencia y Control del Patrimonio y de las Actividades de los Cargos Públicos de las Illes Balears. · BOE-A-2024-8369

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-04-19.

Texto consolidado

Los cargos públicos incluidos en el ámbito de aplicación de esta ley tienen la obligación de formular una declaración que abarque la totalidad de sus bienes, derechos, obligaciones y actividades, en los términos establecidos en esta ley, que quedará bajo la responsabilidad del Registro de Transparencia y Control del Patrimonio y de las Actividades de los Cargos Públicos de las Illes Balears.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-04-19.

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