Artículo 3.
Artículo 3 de la Ley 2/1987, de 9 de febrero, de Salud Escolar. · BOE-A-1987-5481
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1987-02-25.
Texto consolidado
Se desarrollarán preferentemente los siguientes subprogramas:
1. Educación para la salud.
2. Prevención frente a aquellos procesos responsables de las principales causas de morbi-mortalidad en la edad escolar.
3. Orientación dietética y sanitaria de comedores escolares.
4. Estudio de las condiciones higiénico-sanitarias de los edificios, instalaciones, equipamiento y su entorno.
5. Realización de informes preceptivos en estas materias previos a la construcción o habilitación de cualquier nuevo Centro.
6. Exámenes periódicos en salud, tanto a los escolares como al personal de los Centros, orientados a los procesos que mayor repercusión presentan en estos colectivos.
7. Detección y seguimiento de personas con problemas de salud o en situación de riesgo para la misma.