Artículo 3. Personalidad y potestades.
Artículo 3 de la Ley 18/2002, de 5 de julio, de Creación de la Comarca de Campo de Daroca. · BOE-A-2002-17492
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-09-01.
Texto consolidado
1. La Comarca de Campo de Daroca, como Entidad Local territorial, tiene personalidad jurídica propia y goza de capacidad y autonomía para el cumplimiento de sus fines.
2. En el ejercicio de sus competencias corresponden a la Comarca de Campo de Daroca todas las potestades y prerrogativas reconocidas a la comarca en la legislación aragonesa.