Artículo 3. Ámbito personal.
Artículo 3 de la Ley 17/2012, de 28 de junio, de Creación del Colegio Vasco de Periodistas. · BOE-A-2012-9667
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-07-07.
Texto consolidado
1. El Colegio Vasco de Periodistas agrupará a profesionales que se encuentren en posesión de la titulación universitaria en Ciencias de la Información, rama de Periodismo, Comunicación Audiovisual o titulación declarada equivalente.
2. En lo relativo a profesionales extranjeros, se aplicará la normativa vigente en aplicación del Derecho comunitario relativo al reconocimiento de calificaciones por la autoridad pertinente.