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Ley Derogada

Artículo 3. Cooperación de las Administraciones públicas.

Artículo 3 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León. · BOE-A-2002-15545

Atención: Ley 12/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. La Comunidad de Castilla y León cooperará con la Administración del Estado en la difusión internacional del conocimiento de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural castellano y leonés, en la recuperación de tales bienes cuando hubiesen sido ilícitamente exportados y en el intercambio de información científica, cultural y técnica con los demás Estados y con las organizaciones internacionales.

2. Las entidades locales tienen la obligación de proteger y promover la conservación y el conocimiento de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de Castilla y León que se ubiquen en su ámbito territorial. Los Ayuntamientos comunicarán inmediatamente a la Consejería de la Junta de Castilla y León competente en materia de cultura cualquier hecho o situación que ponga o pueda poner en peligro la integridad de tales bienes o perturbar su función social y adoptarán, en caso de emergencia y dentro de su propio ámbito de actuación, las medidas cautelares necesarias para defender y salvaguardar los bienes de dicho patrimonio que se encuentren amenazados.

3. La Comunidad de Castilla y León podrá establecer convenios de colaboración con otras Administraciones Públicas para el mejor cumplimiento de los objetivos establecidos en la presente Ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-08-08.

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