El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 3. Ámbito personal.

Artículo 3 de la Ley 11/2018, de 20 de septiembre, de creación del Colegio Profesional de Ingenieros en Informática de Aragón. · BOE-A-2018-15242

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-10-04.

Texto consolidado

Podrán integrarse en el Colegio Profesional de Ingenieros en Informática de Aragón quienes estén en posesión de los títulos universitarios de Ingeniero en Informática o de Licenciado en Informática, de conformidad con el Real Decreto 1459/1990, de 26 de octubre, por el que se establece el título universitario oficial de Ingeniero en Informática y las directrices generales propias de los planes de estudios conducentes a la obtención de aquél, y con el Real Decreto 1954/1994, de 30 de septiembre, sobre homologación de títulos a los del Catálogo de Títulos Universitarios Oficiales, creado por el Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre, o de cualquier otro título equivalente a los anteriores de conformidad con la normativa vigente y debidamente homologado por autoridad competente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-10-04.

Más artículos de Ley 11/2018

En El Vínculo puedes leer Ley 11/2018 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.