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Ley Vigente

Artículo 3. La prestación de salud pública.

Artículo 3 de la Ley 10/2010, de 27 de septiembre, de salud pública y seguridad alimentaria de Castilla y León. · BOE-A-2010-17980

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-10-09.

Texto consolidado

1. La prestación de salud pública del Sistema Público de Salud de Castilla y León es el conjunto de iniciativas organizadas por las administraciones públicas para preservar, proteger y promover la salud de la población en los términos previstos en la normativa básica estatal.

2. A los efectos de esta ley y en el marco de lo establecido en la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud, la prestación de la salud pública del Sistema Público de Salud de Castilla y León comprenderá las siguientes actuaciones:

a) Información y vigilancia epidemiológica.

b) La protección a la salud.

c) La promoción de la salud.

d) La prevención de las enfermedades y las deficiencias.

e) La promoción y protección de la sanidad ambiental.

f) La promoción y la protección de la salud laboral.

g) La promoción de la seguridad alimentaria.

h) La ordenación e inspección sanitaria.

i) La ordenación e inspección farmacéutica.

j) La investigación biosanitaria y biotecnológica.

k) La formación.

l) La información sanitaria.

m) El control analítico en laboratorios.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-10-09.

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