Artículo 3. Créditos iniciales y financiación de los presupuestos de los organismos autónomos.
Artículo 3 de la Ley 1/2021, de 23 de junio, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2021. · BOE-A-2021-21313
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-06-26.
Texto consolidado
En los estados de gastos del presupuesto de los organismos autónomos, se aprueban créditos por los siguientes importes:
Organismos autónomos
Euros
Boletín Oficial de la Región de Murcia.
2.106.516
Instituto Murciano de Acción Social.
318.060.336
Servicio Regional de Empleo y Formación.
94.783.053
Instituto Murciano de Investigación y Desarrollo Agrario y Alimentario.
12.652.859
Agencia Tributaria de la Región de Murcia.
23.809.831
Total.
451.412.595
Los créditos anteriores se financiarán con los derechos económicos a liquidar durante el ejercicio, que se estiman en un importe igual a los créditos consignados.
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