Artículo 3. Ámbito territorial.
Artículo 3 de la Ley 1/2017, de 28 de marzo, por la que se amplían los límites del Parque Natural Lago de Sanabria y alrededores (Zamora), se modifica su denominación por la de Parque Natural Lago de Sanabria y Sierras Segundera y de Porto (Zamora), y se establece su régimen de protección, uso y gestión. · BOE-A-2017-4447
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-04-06.
Texto consolidado
Con esta nueva delimitación el Parque Natural Lago de Sanabria y sierras Segundera y de Porto posee una superficie aproximada de 32.302 ha. El ámbito territorial afecta a la totalidad del término municipal de Porto y parte de los términos municipales de Cobreros, Galende y Trefacio.
Sus límites geográficos son los que se especifican en el anexo de la presente ley.
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