Artículo 3. Personalidad y potestades.
Artículo 3 de la Ley 1/2003, de 11 de febrero, de creación de la Comarca de la Sierra de Albarracín. · BOE-A-2003-5181
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-02-22.
Texto consolidado
1. La Comarca de la Sierra de Albarracín, como entidad local territorial, tiene personalidad jurídica propia y goza de capacidad y autonomía para el cumplimiento de sus fines.
2. En el ejercicio de sus competencias, corresponden a la Comarca de la Sierra de Albarracín todas las potestades y prerrogativas reconocidas a la comarca en la legislación aragonesa.