Artículo 3.
Artículo 3 de la Ley 1/1987, de 7 de abril, sobre el Consejo Asesor de Radio y Televisión Española en Castilla-La Mancha. · BOE-A-1987-11484
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1987-05-18.
Texto consolidado
El Consejo Asesor de Radio y Televisión Española en Castilla-La Mancha tendrá naturaleza de órgano del Ente Público RTVE, con el doble carácter de órgano asesor del Delegado territorial de RTVE en la Comunidad Autónoma y representante de los intereses de esta en el citado Ente Público de ámbito nacional, en el marco del Estatuto de la Radio y Televisión.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 147, de 20 de junio de 1987. Ref. BOE-A-1987-14349