Artículo 3. Asambleas generales extraordinarias.
Artículo 3 del Decreto-ley 8/2020, de 26 de junio, de medidas excepcionales para facilitar la convocatoria y reunión de los órganos sociales y la eficacia de los acuerdos de las entidades cooperativas valencianas. · BOE-A-2020-9591
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-06-30.
Texto consolidado
Serán de aplicación a las asambleas generales extraordinarias que se celebren hasta el 31 de diciembre de 2020 las reglas de los apartados d) a h) y del apartado j) del artículo anterior.
Más artículos de Decreto-ley 8/2020
- ← Artículo 2. Asambleas generales ordinarias.
- → Artículo 4. Consejos rectores.
- Ver la norma completa: Decreto-ley 8/2020, de 26 de junio, de medidas excepcionales para facilitar la convocatoria y reunión de los órganos sociales y la eficacia de los acuerdos de las entidades cooperativas valencianas.