Artículo 3. Cesión global de activos y pasivos y extinción de «EXTENDA-Empresa Pública Andaluza de Promoción Exterior, S.A.».
Artículo 3 del Decreto-ley 16/2021, de 3 de agosto, por el que se crean la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE) y la Agencia para la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía (ACCUA). · BOJA-b-2021-90321
Atención: Decreto-ley 16/2021 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE) ejercerá, asimismo, las funciones que corresponden a la actual «EXTENDA-Empresa Pública Andaluza de Promoción Exterior, S.A.», para lo cual se procederá, en un plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigor de este Decreto-ley, a la cesión global de su activo y de su pasivo a la nueva entidad y a la extinción de aquella, realizándose estas operaciones una vez consumada la constitución efectiva de la Agencia.
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- Ver la norma completa: Decreto-ley 16/2021, de 3 de agosto, por el que se crean la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE) y la Agencia para la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía (ACCUA).