Artículo 3. Procedimiento en materia sancionadora.
Artículo 3 del Decreto-ley 1/2019, de 19 de diciembre, de medidas urgentes en materia de régimen sancionador de espectáculos públicos y actividades recreativas ocasionales o extraordinarias en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. · BORM-s-2019-90585
Atención: Decreto-ley 1/2019 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los procedimientos que se instruyan en la materia objeto del presente decreto-ley, se tramitarán de acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el Decreto Regional 17/2004, de 27 de febrero, por el que se regulan los plazos máximos para dictar y notificar resolución expresa de determinados procedimientos administrativos, y en las normas concordantes.
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