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Acuerdo Internacional Vigencia agotada

Artículo 3. Institución, sede y estructura del Consejo Oleícola Internacional.

Artículo 3 del Convenio Internacional del Aceite de Oliva y las Aceitunas de Mesa, 2005, hecho en Ginebra el 29 de abril de 2005. · BOE-A-2007-19323

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-05-25.

Texto consolidado

1. El Consejo Oleícola Internacional actuará por mediación de:

Su Presidente,

Su Consejo de Miembros y, llegado el caso, sus comités y subcomités, Su Secretaría Ejecutiva, con arreglo a lo dispuesto en las secciones II a V.

2. El Consejo Oleícola Internacional tendrá su sede en Madrid (España), a menos que el Consejo de Miembros decida lo contrario.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-05-25.

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