Artículo 3.5-1 Hecho imponible.
Artículo 3.5-1 de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de tasas. · BOE-A-2018-1870
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-12-31.
Texto consolidado
1. Constituye el hecho imponible de esta tasa:
a) La expedición o duplicado del título de buceador profesional básico.
b) La expedición o duplicado de la libreta de actividades profesionales subacuáticas.
2. No se producirá el hecho imponible en los supuestos de expedición o duplicación de títulos o libretas de actividades por rectificación de la mención del sexo y el nombre en el Registro Civil.