Artículo 291.
Artículo 291 de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración Local de Galicia. · BOE-A-1997-21040
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-11-06.
Texto consolidado
Todo proyecto de obra deberá constar de planos, presupuesto de realización y memoria en que se incluya la relación detallada y la valoración aproximada de los terrenos y construcciones que tienen que ocuparse y, en su caso, expropiarse, así como las condiciones económicas y facultativas que podrán ser ampliadas con anterioridad al anuncio de subasta o concurso.