El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 29. Deberes y obligaciones.

Artículo 29 del Real Decreto 537/1994, de 25 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del militar de empleo de la categoría de oficial. · BOE-A-1994-8233

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1994-04-14.

Texto consolidado

Los militares de empleo de la categoría de oficial están obligados por los deberes establecidos en la Constitución, en las Reales Ordenanzas y en el resto del ordenamiento jurídico y sujetos al régimen general de las Fuerzas Armadas y a las leyes penales y disciplinarias militares. Durante la enseñanza de formación se regirán por las normas que regulen el régimen del alumnado de los centros docentes militares de formación.

El militar de empleo de la categoría de oficial deberá conocer y cumplir las obligaciones contenidas en las Reales Ordenanzas, tanto las de carácter general como, en su caso, las específicas de su Ejército y las propias de su empleo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1994-04-14.

Más artículos de Real Decreto 537/1994

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 537/1994 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.