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Real Decreto Derogada

Artículo 29. Traslados de expedientes.

Artículo 29 del Real Decreto 515/2005, de 6 de mayo, por el que se establecen las circunstancias de ejecución de las penas de trabajos en beneficio de la comunidad y de localización permanente, de determinadas medidas de seguridad, así como de la suspensión de la ejecución de las penas privativas de libertad. · BOE-A-2005-7426

Atención: Real Decreto 515/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Cuando una persona sometida a alguna de las penas, medidas o suspensión cuya ejecución regula este Real Decreto traslade su residencia de una provincia a otra, o a las Ciudades de Ceuta y Melilla, los servicios sociales penitenciarios informarán al juzgado o tribunal competente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-05-08.

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