Artículo 29. Actividades de investigación y divulgación.
Artículo 29 de la Ley Foral 34/2022, de 12 de diciembre, reguladora del Estatuto de las personas consumidoras y usuarias. · BOE-A-2023-470
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-12-23.
Texto consolidado
1. Las administraciones públicas promoverán la realización de estudios, informes y proyectos de investigación, así como la disposición de fondos bibliográficos y documentales que faciliten el derecho a la información, formación y educación de las personas consumidoras o usuarias.
2. La administración pública competente en materia de consumo llevará a cabo actuaciones generales o específicas de divulgación en el ámbito de los derechos y la responsabilidad de las personas consumidoras y usuarias.