Artículo 29. Derechos relacionados con el respeto a la autonomía del paciente.
Artículo 29 de la Ley 7/2002, de 10 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de Cantabria. · BOE-A-2003-323
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-12-19.
Texto consolidado
1. Las actuaciones de carácter sanitario se someterán, salvo en los casos exceptuados expresamente en la presente Ley, al principio de autonomía del paciente.
2. El principio de autonomía alcanza su expresión, en la presente Ley, a través de:
a) El consentimiento informado.
b) La expresión de la voluntad con carácter previo.