Artículo 29. Creación de Escalas.
Artículo 29 de la Ley 7/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas. · BOE-A-1998-2747
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-01-01.
Texto consolidado
1. Se crea la Escala a extinguir de Técnicos Especialistas, dentro del Grupo C, en la que se integrarán los funcionarios que, perteneciendo al referido Grupo, ocupen puestos de trabajo reservados a personal laboral.
2. Se crea la Escala a Extinguir de Auxiliares Técnicos, dentro del Grupo D, en la que se integrarán los funcionarios que, perteneciendo al referido Grupo, ocupen puestos de trabajo reservados a personal laboral.
3. Se crea la Escala a extinguir de Oficios Varios, dentro del Grupo E, en la que se integrarán los funcionarios que, perteneciendo al referido Grupo, ocupen puestos de trabajo reservados a personal laboral.