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Ley Vigente

Artículo 29. Derecho a la protección social.

Artículo 29 de la Ley 5/2019, de 21 de marzo, de derechos y garantías de las personas con discapacidad en Aragón. · BOE-A-2019-7785

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-07-10.

Texto consolidado

Las personas con discapacidad y sus familias tienen derecho a que los servicios y prestaciones sociales previstas por las Administraciones públicas de Aragón respondan a sus necesidades de apoyo singularizadas para poder desarrollar sus proyectos vitales en igualdad de condiciones que el resto de los ciudadanos. Las Administraciones públicas de Aragón competentes en las prestaciones incluidas en el Sistema Público de Servicios Sociales velarán por el derecho de las personas con discapacidad a acceder a servicios y prestaciones para la atención de sus necesidades personales y el desarrollo de su personalidad e inclusión en la comunidad, incrementando así su calidad de vida y bienestar social. Las medidas dirigidas a combatir la exclusión social incluirán la discapacidad entre los factores a considerar para su concesión.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-07-10.

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