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Ley Derogada

Artículo 29. Aceptación y pago.

Artículo 29 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón. · BOE-A-2015-5329

Atención: Ley 5/2015 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Para que la concesión directa de subvenciones por resolución sea efectiva, deberá producirse la aceptación del beneficiario en el plazo de quince días desde que se notifique la resolución. Transcurrido este plazo, se entenderá que el beneficiario renuncia a la misma. En el caso de que la concesión se formalice mediante convenio, la aceptación se entenderá implícita con la firma del mismo por parte del beneficiario.

2. Se establece un plazo máximo de dos meses para el pago de las subvenciones directas por razones humanitarias.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-05-10.

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