Artículo 29. Elaboración y aprobación.
Artículo 29 de la Ley 5/2006, de 2 de mayo, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja. · BOE-A-2006-9008
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-11-04.
Texto consolidado
1. La formulación y aprobación de la Directriz de Protección del Suelo No Urbanizable de La Rioja, así como su revisión o modificación, se ajustará al procedimiento previsto en el artículo 24.
2. No se considerarán modificaciones de la Directriz de Protección del Suelo No Urbanizable de La Rioja las alteraciones producidas como consecuencia de las determinaciones del planeamiento general municipal aprobado con posterioridad, siempre que se ajusten a las condiciones de alteración que en ella misma se establezcan.