Artículo 29. De la publicidad de los resultados.
Artículo 29 de la Ley 4/2005, de 5 de octubre, de estadística de Cantabria. · BOE-A-2005-18359
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-11-06.
Texto consolidado
Tienen carácter oficial los resultados de cualquier estadística de interés de la Comunidad Autónoma de Cantabria desde el momento en que se hagan públicos sus resultados sintéticos, mediante la difusión autorizada en publicaciones o en otros vehículos de amplio alcance de soporte de información.