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Ley Vigente

Artículo 29. La gestión pública de la Administración regional.

Artículo 29 de la Ley 2/2014, de 21 de marzo, de Proyectos Estratégicos, Simplificación Administrativa y Evaluación de los Servicios Públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. · BOE-A-2014-3719

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-03-28.

Texto consolidado

1. La gestión pública de la Administración regional se regirá por los principios generales establecidos en el título I, el resto de principios proclamados por el ordenamiento jurídico y por un modelo basado en la evaluación de las políticas públicas, la orientación a resultados y la gestión de la excelencia o calidad total.

2. La implantación de este modelo de gestión supondrá que la Administración pública regional ajuste su política y estrategia a las necesidades de los ciudadanos y al interés público.

3. Las políticas públicas de la Administración regional se desarrollarán mediante la oportuna planificación estratégica en la que a través de planes y programas se definirán los objetivos estratégicos y las líneas de actuación concretas derivadas de aquellos. En este sentido, los principios que rigen la gestión pública de la Administración regional, y para una correcta evaluación de resultados, serán objeto de medición a través de indicadores, entre otros, de eficacia, eficiencia y calidad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-03-28.

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