Artículo 29. Prescripción de infracciones y sanciones.
Artículo 29 de la Ley 19/2009, de 26 de noviembre, del acceso al entorno de las personas acompañadas de perros de asistencia. · BOE-A-2009-20771
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-02-03.
Texto consolidado
1. Las infracciones administrativas establecidas en la presente ley prescriben en los siguientes plazos:
a) Las leves, al año de haber sido cometidas.
b) Las graves, a los dos años de haber sido cometidas.
c) Las muy graves, a los tres años de haber sido cometidas.
2. Las sanciones prescriben en el plazo de un año a contar desde la fecha en que las correspondientes resoluciones devienen firmes.